¿Os habéis dado cuenta que hay un vacio en cuanto a reglas en el siguiente sentido?:
¿Qué diferencia que un marine normal o un personaje pueda cogerse una pistola de plasma o no? Porque tal y como está puesto que armas tienen acceso cada uno no está nada claro. Sólo está bien diferenciadas las armas de exterminador y explorador.
Al crear la guardia yo me vi en la disyuntiva de en que apartado meter por ejemplo los puños, las armas de energía o las hachas de energía.
Por eso propongo crear la siguiente diferenciación, al igual que se marca algunas armas con "EXTERMINADOR" o "EXPLORADORES", marcar algunas con algo así como "ARMA RELIQUIA".
En cuanto a reglas: Las
armas reliquia son armas de un gran poder y no comparables con un simple bólter o una espada sierra. Éstas armas sólo podrán ser escogidas por el HQ, los guerreros de nivel ÉLITE en veteranía ylos personajes (tal vez podríamos poner en la descripción de cada personaje cuales pueden escogerlas, pues a un tecnomarine o un apotecario no tiene sentido, pero para un capellán si por ejemplo
)
¿Qué opináis?
Para ver a que me refiero voy a coger la sección de armas y personajes de los marines y la modifico ahora para que veáis a que me refiero ¿ok?